¿Qué es un patrimonio familiar? Entérate aquí:

Conoce todo acerca del patrimonio familiar, la figura jurídica concebida para proteger el bienestar a largo plazo de tu familia.

En el lenguaje coloquial, el conjunto de bienes propiedad de los miembros de una familia es denominado patrimonio, pero la realidad es que el patrimonio familiar es una figura jurídica concebida para proteger los derechos esenciales de las personas involucradas.

En México es común que se desconozca la figura del patrimonio y todo lo que esta implica. Por ello, en esta ocasión, respondemos tus preguntas acerca de qué es patrimonio familiar, si es posible hacer su cancelación y si se puede hipotecar una casa con patrimonio familiar. 

¿Qué es el patrimonio familiar?

En términos jurídicos, el patrimonio familiar es la limitación de dominio de un inmueble, que tiene como objetivo garantizar el hogar y los recursos esenciales para la subsistencia y bienestar de un núcleo familiar, evitando que sean gravados en su perjuicio.

En términos más simples, el también llamado patrimonio de familia es la figura a través de la cual una casa o terreno se convierte en un bien cuya función exclusiva es proveer un hogar a la familia, y por lo tanto no se puede enajenar (vender, embargar o donar).

Beneficios de la constitución del patrimonio familiar

El régimen de patrimonio familiar está pensado principalmente para garantizar la protección y bienestar de una familia. Por lo tanto, al declararse esta figura, el inmueble se convierte en inalienable e inembargable, lo cual significa que:

  1. El inmueble no se puede vender o donar de forma unilateral; para esto se debe contar con la voluntad expresa de todo aquel beneficiario del patrimonio.
  2. Un inmueble con patrimonio no puede servir como garantía, por lo que no se corre el riesgo de perder la propiedad debido a la falta de pago de una deuda.

Otro beneficio es que esta figura es transmisible por herencia. Por lo tanto, al momento del fallecimiento del titular o los titulares de la propiedad, se garantiza que los descendientes podrán seguir usando el inmueble como hogar sin riesgo de ser desalojados por ninguna autoridad o acreedor.

Sin embargo, esto no debe confundirse con la transmisión de propiedad, pues los beneficiarios de un patrimonio familiar no son dueños de este, sino que solo cuentan con el derecho de uso de estos bienes. En caso de fallecimiento del titular de la vivienda, su propiedad pasará a manos de los herederos especificados en el testamento.

Bienes que se pueden incluir en el patrimonio familiar

Los bienes que se incluyen en la creación del patrimonio son todos aquellos que garanticen cubrir las necesidades esenciales de los integrantes de la familia. Por esto, además de la edificación o el terreno, se incluye mobiliario como camas, refrigeradores, estufas, utensilios de cocina y de comedor; vehículos y materiales escolares.

Además, si la familia se sostiene gracias a un negocio, también se pueden incluir como parte del patrimonio las herramientas y maquinaria necesarias para la operación de estas actividades comerciales, incluso una parcela cultivable, en caso de que el sostén sea una actividad agrícola.

Beneficiarios del patrimonio familiar

Se incluye dentro del patrimonio a todos aquellos miembros de una familia reconocidos ante un juez competente en materia familiar. Estos son madre, padre e hijos, aunque también se puede incluir a hermanos y nietos, según el análisis del juez sobre el caso particular.

La Ley no exige que la familia esté legalmente constituida a través del matrimonio, por lo que vivir en unión libre no impide su constitución. La única condición en el caso de los descendientes es que estos sí tengan vínculo biológico directo o legal con los padres, por lo que los hijos adoptivos sí pueden ser incluidos, mientras que otras figuras como sobrinos no, a menos que tengan la tutoría legal sobre ellos.

Requisitos y documentos para constituir un patrimonio familiar

Para crear el patrimonio familiar no es necesario recurrir a un notario público, pues este es un procedimiento judicial, no comercial. Por ello, a través de un representante común, los involucrados deberán entregar un escrito, llamado jurisdicción voluntaria, ante el juez de lo familiar de su localidad, en donde se manifieste:

  • La lista de los bienes muebles e inmuebles que se incluirán como parte del patrimonio, incluyendo el domicilio de los inmuebles y las especificaciones físicas y/o técnicas de los muebles, vehículos, maquinaria y equipo, en su caso
  • Que el solicitante cuenta con la propiedad de los bienes destinados y que están libres de gravamen
  • Los beneficiarios deben compartir vínculos familiares
  • El solicitante o solicitantes deben tener mayoría de edad

Todo lo manifestado en ese escrito debe ser respaldado por los documentos legales correspondientes para comprobar la validez jurídica de lo dicho, a saber:

  • Identificación oficial de los solicitantes
  • Actas de nacimiento o adopción y/o acta de matrimonio de todos los beneficiarios
  • Escritura pública de los inmuebles involucrados
  • Facturas de los muebles, maquinaria, equipo y vehículos
  • Avalúo catastral de los inmuebles. El valor de estos no debe exceder el máximo establecido por la entidad federativa correspondiente.
  • Certificado de libertad de gravamen de los inmuebles
  • Actas de inscripción de los inmuebles en el Registro Público de la Propiedad

Preguntas frecuentes acerca del patrimonio familiar

Al ser una figura no muy común en nuestro país, es normal que surjan varias preguntas. Te presentamos a continuación las más comunes.

¿Se puede embargar un patrimonio familiar?

No. El propósito del patrimonio es precisamente proteger los bienes familiares, por lo cual estos no pueden ser embargados por acreedores.

¿Puedo vender un inmueble con patrimonio de familia?

Sí es posible, aunque existen algunas condiciones para esta operación:

  • Todos los beneficiarios del patrimonio deben expresar su voluntad de realizar la venta.
  • Se debe demostrar al juez de lo familiar que la venta del patrimonio no afectará a los beneficiarios. Por ejemplo, si se vende la vivienda se debe probar que el dinero se va a utilizar para comprar otra.

¿Se puede realizar la cancelación del patrimonio de familia?

Sí, el Código Civil contempla cuatro razones por las que se puede extinguir el patrimonio familiar:

  • Cuando cese el derecho de los beneficiarios para percibir alimentos, por ejemplo al emanciparse
  • Si la familia deja de habitar la vivienda durante un año sin causa justificada
  • Cuando se demuestre ante el juez de lo familiar que la extinción del patrimonio es una necesidad notoria para la familia que le traerá un beneficio mayor
  • Cuando el gobierno deba expropiar los bienes por causa de utilidad pública

La cancelación del patrimonio es un acto que debe ser ejecutado mediante un fallo judicial, por lo que no existe el riesgo de que uno de los beneficiarios pueda extinguir el patrimonio para su beneficio personal.

¿Se puede hipotecar una casa con patrimonio familiar?

No, pues contradiría el principio esencial de proteger la seguridad y garantizar el derecho a la vivienda de la familia.

Por otra parte, sí se puede incluir dentro del patrimonio familiar una casa hipotecada, en cuyo caso la obligación de liquidar la deuda recae sobre el titular de la hipoteca, mas no sobre los beneficiarios del patrimonio.

Para ahondar más en los procedimientos legales e implicaciones de esta figura jurídica, obtén asesoría legal con un abogado o un notario público. Recuerda que cada entidad federativa cuenta con sus propios procedimientos, por lo que deberás apegarte a la legislación local.

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