Herencias: cómo saber fácilmente las cuentas bancarias que tenía un fallecido
No siempre es fácil para los herederos conocer cuántas cuentas y en qué entidades las tenía
Si somos herederos de una persona fallecida, tenemos la posibilidad de realizar trámites o consultar sus cuentas bancarias para obtener información sobre estas (movimientos, recibos cargados, etc.) o realizar la adjudicación de su saldo. Sin embargo, en ocasiones puede no resultar una tarea sencilla averiguar cuántas cuentas y en qué entidades las tenía el fallecido.
La manera más fácil de conocer a la vez todas las posiciones bancarias que mantenía esa persona es solicitando un “certificado de posiciones”. Para obtenerlo, lo más fiable es acudir a la Administración Tributaria, que dispone de los rendimientos financieros que se le hubieran imputado, comunicados por la entidad o entidades donde tuviera cuentas. Este certificado de posiciones es gratuito puesto que es un documento que resulta necesario para el cumplimiento de una obligación legal para los herederos, como es la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Evitar pagos innecesarios
Descubrir dónde tenía las cuentas bancarias el fallecido también es imprescindible para notificar la defunción de la persona titular en el banco correspondiente y evitar de ese modo cobros o pagos indeseados. Y es que debemos tener presente que el titular puede tener cuentas a su favor o no. En este último caso, si hay deudas, al aceptar una herencia, la persona heredera también se hace cargo de estas.
Con la emisión del certificado de saldos y posiciones podremos saber cuál era el efectivo y/o depósitos y fondos de inversión que tuviera en la entidad, a fin de poder realizar las operaciones particionales. Una vez realizada la notificación al banco, este se encarga de inmovilizar el dinero correspondiente a la persona fallecida y solo se seguirán pagando los gastos corrientes que tuviera domiciliados (agua, comunidad…).
En ciertos casos, el banco puede llegar incluso a bloquear la cuenta bancaria si se produce un conflicto entre los titulares sobrevivientes y los herederos del titular fallecido, siempre y cuando lo recoja el contrato e informando previamente a los interesados.
También para saber qué seguros tenía
Otra de las dudas que nos surgen cuando muere un familiar es si disponía o no de pólizas de seguros y de qué tipo. Una vez más, podemos ponernos a revisar mil papeles o, por el contrario, ahorrarnos mucho tiempo acudiendo a una fuente única donde conseguir toda esa información. En el caso de los seguros, lo mejor es consultar el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
Se trata de un registro público, dependiente del Ministerio de Justicia cuya finalidad es suministrar la información necesaria para saber si una persona fallecida tenía contratado un seguro para caso de fallecimiento, así como la entidad aseguradora con la que lo hubiese suscrito, a fin de permitir a los posibles beneficiarios dirigirse a ésta para constatar si figuran como beneficiarios y, en su caso reclamar de la entidad aseguradora la prestación derivada del contrato.
Es un trámite accesible para cualquier ciudadano, gracias al cual los familiares del fenecido pueden consultar si, en el momento de la muerte, existía un contrato de seguro en vigor y con qué entidad. El objetivo de facilitar esta información (disponible hasta cinco años desde la fecha de defunción) es que los beneficiarios puedan reclamar la cuantía asegurada por fallecimiento y no se quede sin cobrar por desconocimiento de los familiares.